Introducción.
La protección de niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar es
una prioridad fundamental
De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF),
la violencia tiene consecuencias en las vidas de los más jóvenes: para su salud
emocional, su capacidad de aprender e interrelacionarse con otros y su
posibilidad de crecer y desarrollarse plenamente, lo que a su vez trae
consecuencias muy profundas también para el país (Naciones Unidas de México
[onu], 2020).
Debemos reconocer que es fundamental fortalecer esta normativa a
sabiendas que el acoso escolar, también conocido como bullying,
es un problema que ha existido desde hace décadas. Sin embargo, con el avance
de las tecnologías y las diferentes formas de comunicación, el acoso escolar ha
evolucionado y se ha adaptado a estas nuevas herramientas.
Por lo anterior, se propone una modificación a la Ley para una
convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de
Guanajuato y sus Municipios, concretamente:
Al último párrafo del artículo 2, Fines de la Ley que a la letra dice:
“Para
lograr estos fines a los que se refiere la presente Ley, se implementará el
modelo para la prevención, atención y erradicación de la violencia escolar
elaborado por el Consejo Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la
Violencia en el Estado de Guanajuato, en los términos que dispone esa ley.”
Como se puede apreciar, la implementación del modelo aprobado
por el Consejo Estatal para prevenir, atender y erradicar la violencia, en su
sesión de fecha 10 de julio de 2020, no se menciona la temporalidad o vigencia que tendrá este modelo para su aplicación,
situación preocupante puesto que cada generación de estudiantes va cambiando su
comportamiento dentro y fuera del entorno escolar y, aunque la aplicación del
documento es para educación básica, lo cierto es que todo alumno al llegar a la
adolescencia empiezan a descubrir quiénes son y qué es lo que quieren. A veces,
este proceso puede resultar algo duro y frustrante cuando viven en la
inmediatez situaciones de violencia o acoso escolar dentro o fuera del centro
educativo.
Considerando lo anterior, la propuesta en concreto es modificar
el último párrafo del artículo 2 para que diga lo siguiente:
“Para lograr estos fines a los que se refiere
la presente Ley, se implementará el modelo para la prevención, atención y
erradicación de la violencia escolar elaborado por el Consejo Estatal para
Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato, en los
términos que dispone esa ley. Documento que será
revisado y/o actualizado cada 5 años”
Partimos de la idea que los planes y programas de estudio
tienen una temporalidad definida de acuerdo con el nivel educativo que
atienden; en este orden de ideas, se considera necesario evaluar la efectividad
del Modelo para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia Escolar
elaborado en 2020, ya que, a casi 4 años de su creación, no se le han realizado
modificaciones y/o actualizaciones al documento.
Para leer el documento completo, te invito a revisar el PDF en el siguiente enlace.

